Nobleza de la Corona de Aragón.-a

Introducción

La nobleza es un fenómeno social antiquísimo: determinados individuos disfrutan de un status social superior, al que han accedido por su linaje, medios de fortuna, vinculación a los que ocupan el poder, o ejercicio de determinada actividad tenida por excepcional. De donde resultan los hombres divididos en nobles y no nobles en todas las culturas, lugares y tiempos. Aragón no ha sido excepción y el fenómeno nobiliario, ha cobrado especial interés por estar asociado a numerosas tergiversaciones de la constitución política de los aragoneses, que se desarrollaron en las postrimerías del siglo XVI y en los principios del siglo XIX por interesar a determinadas coyunturas políticas.

Clasificación nobleza

Los miembros del brazo o estamento militar pueden agruparse en dos categorías, la alta y la baja nobleza.

Alta nobleza

 A la alta nobleza pertenecían los condes, vizcondes y barones o ricos hombres, también llamados magnates. Constituían una minoría rica y poderosa, que controlaba buena parte de las tierras y hombres de la Corona, y vivía de las rentas de sus señoríos.
 Magnates aragoneses y catalanes, desde la instancia militar y política, participaron activamente en las empresas de expansión territorial y marítima de la Corona, y obtuvieron por ello cargos y honores que incrementaron sus patrimonios e ingresos. Aunque colaboraron con la monarquía, discreparon a veces sobre la línea política a seguir y rivalizaron por el reparto de las riquezas obtenidas con la expansión. Un sector de la nobleza superior procedía de la época carolingia y condal (los Pallars, Cardona, Montcada y Rocabertí, en Cataluña), pero otros habían llegado a la alta aristocracia durante los mismos siglos XIII y XIV. Era el caso de los segundones y bastardos de la familia real, origen de las casas aragonesas de Castro, Híjar, Xérica y Ayerbe, y de las nuevas dinastías condales de Ribagorza, Ampurias y Urgel, los duques de Gandía, los marqueses de Villena y los condes de Prades. 
Los monarcas de esta época otorgaron también títulos condales y vizcondales en favor de sus colaboradores más inmediatos, muchos de ellos miembros de la pequeña nobleza (Illa, Canet, Fenollet, Fortiá, Perellós, Entenza, Carrós) que así entraron en las filas de los barones. 

Baja nobleza.

La pequeña nobleza, formada por caballeros, donceles, generosos y hombres de paratge, era muy numerosa.
 En sus estratos superiores tendía a confundirse con los niveles inferiores de la alta nobleza; los sectores intermedios se asemejaban al patriciado urbano, y las capas inferiores casi se entremezclaban con las elites campesinas. 
Los miembros genuinamente militares de esta pequeña nobleza entraron en una etapa de declive y conflictividad interna cuando la primera mitad del siglo XIV cesaron las guerras de conquista y empezó la crisis de la renta feudal.
 El relevo vino de la mano de ciudadanos ricos, poseedores de fincas rústicas y acreedores de la monarquía, que obtuvieron títulos de nobleza, como los Requesens, Margarit, Santcliment, March, Gualbes, Desbosch, etc. 


La nobleza, en general, vivía de la renta feudal, es decir, de las cargas sobre las tierras y los hombres de sus señoríos, que a mediados del siglo XIV, en Cataluña, englobaban cerca del 35 o 38 por ciento de los hogares. Las diferencias económicas entre la alta y la pequeña nobleza, en general, eran muy grandes, como también lo eran los modos de vida y las funciones. 
Los barones eran cosmopolitas, dispendiosos y ostentosos, en contraste con la relativa austeridad y localismo de caballeros y otros miembros de la pequeña nobleza, aunque de las filas de éstos surgieron algunos de los grandes nombres de la literatura catalana, como Ausias March y Joanot Martorell.
 Los magnates, como los Cabrera y los Cardona, ocuparon altos cargos de la administración y la política, y dieron hijos para la dirección de la Iglesia, mientras que los caballeros ocuparon los cargos intermedios de la administración y de la Iglesia, integraron las milicias de las órdenes militares y entraron en la red de fidelidades y servicios de los grandes, a cambio de feudos.

Nobleza de Aragón, Historia.


Así, según la tradición, la nobleza aragonesa arranca de la creación de un selectísimo grupo de doce ricoshombres ., oriundos de Aínsa , sitiados por moros y rescatados por el monarca de Pamplona y al que antes de aceptarlo por rey le hicieron jurar una constitución , germen de las futuras libertades  aragonesas. 
Estos doce personajes, llamados barones, fueron cabeza o punto de origen de una familia de ricoshombres de natura que se mantendrá cerrada a toda injerencia hasta tiempos del rey Jaime I , en que aparecerán otros ricoshombres llamados de mesnada. Pero la verdad es que en Aragón lo mismo que en Pamplona hubo barones o ricoshombres con anterioridad al supuesto hecho de Aínsa, ricoshombres que tenían conciencia de su rancio abolengo y de su origen montañés cuando no ultrapirenaico.

Atendida la historia documentada, es en 1208 cuando aparece por primera vez una enumeración de diez ricoshombres llamados García Romeo; Jimeno Cornel , Miguel de Luesia, Artal de Alagón, Lope Ferrer, Blasco Romeo, Artal de Alascún, Rodrigo de Pueyo, Pedro Maza  y Pedro Sesé, aunque ciertamente debían de existir entonces y aun antes otros ricoshombres más. En todo caso seguir el árbol genealógico de los mismos es imposible no sólo por lagunas documentales sino por la inexistencia en siglos de la alta Edad Media de la costumbre de perpetuar los patronímicos o apellidos de padres a hijos.

Estos barones o ricoshombres tienen un estatuto especial dentro de los clanes nobiliarios y constituidas en Aragón las Cortes del reino  forman un brazo  aparte distinto de caballeros y de infanzones., que son los otros grados nobiliarios.

Los nobles, pues, son la cabeza de los señores, dueños de las llamadas honores , y estos señoríos antes del siglo XI son posesiones territoriales que sólo conceden derechos dominicales y alguna prestación personal; entonces el señorío es compatible con municipios  incipientes, donde el señor es simplemente un representante del rey, la honor, en definitiva, es una especie de sueldo que paga el rey a ciertas gentes mediante concesión de suelo para su explotación, pero al suponer autoridad la propiedad, el sueldo se convertirá con el tiempo en posesión jurisdiccional.

Estos señoríos u honores primitivos se transforman en hereditarios, pierden su amovilidad originaria; el resultado será la oposición a ello de los municipios libres; además, el carácter militar inicial de las honores se transforma en político que concluirá en 1348, tras la derrota de la coalición nobiliaria aragonesa por el rey en los campos de Épila . Y desde entonces estos señoríos se convierten en simples propiedades familiares de ciertas tierras que se transmiten por herencia o por compraventas y así terminan muchas veces en manos de familias que carecían de nobleza de sangre.

Por lo demás la nobleza aragonesa, sea cual fuere su categoría, sólo influyó en el gobierno del país en función del prestigio personal de sus individuos, y aunque por su cercanía al monarca era natural que fuera consultada en decisiones políticas, su efectivo papel en conjunto ha sido exagerado por la historiografía del siglo XVI en su repugnancia al cesarismo de Felipe II 

Aragón, además, no conoció otros títulos nobiliarios en su Antiguo Régimen como los de marqués  duque ., etc. Solamente se exceptúa el condado concedido a Lope de Luna . por Pedro IV en 1348.

Edad moderna

La época moderna, a partir de Fernando II . el Católico, conocerá una política eficaz contra los abusos de la nobleza; Carlos I  dará reglas uniformes a la nobleza de los distintos países de la Corona diferenciando grandes de España y títulos del reino jerarquizados en duques , marqueses., condes , vizcondes y barones Y ya en época borbónica, con Carlos III, se recorta el estatuto privilegiado de la nobleza, se inicia una ofensiva contra mayorazgos , el inmovilismo de sus bienes raíces y las exenciones fiscales, con la consiguiente decadencia de la nobleza y ascensión en sus funciones públicas de la burguesía; desde 1770 se autoriza a los nobles a dedicarse a la industria o al comercio sin desdoro de su condición social y al año siguiente, creada la Orden de Carlos III, se recompensan la virtud y el mérito y no la limpieza de sangre de las personas.

Afectará a Aragón, ademas, la supresión de señoríos Buscar voz... en 1811 que acaba con la jurisdicción de nobles sobre la población rural. Los mayorazgos se suprimieron definitivamente en 1841. En 1931 se prohibía el uso de títulos nobiliarios, restaurados en 1948. Hoy día los estamentos medios nobiliarios se han fundido con la clase media alta y forman aún un estamento especial, aunque sin privilegios tradicionales, los grandes de España y títulos de reino.

• Historia Medieval 

Durante la Edad Media, la nobleza, gracias a su influencia política (merced a la intervención en el gobierno), a las exenciones concedidas por los reyes, a su riqueza (generalmente en forma de tierras) y al oficio de las armas, constituyó el escalón más elevado e influyente de la pirámide social aragonesa. Ahora bien, dentro de este grupo privilegiado caben distinguir dos tipos de nobles.

Un primer grupo estuvo integrado por quienes gozando del favor real auxiliaban al monarca en las tareas de administración y gobierno, tanto del poder central como del territorial. Designados con nombres distintos (optimates, comites o condes, seniores, barones, potestades y, por fin, ricoshombres), eran tanto laicos como eclesiásticos (en este caso, abades y obispos).

Un segundo grupo, de inferior categoría, estuvo compuesto por quienes ganaron la condición de nobles merced a sus servicios con las armas o a sus cualidades destacadas como caballeros —guerreros a caballo—, o merced a relevantes servicios palatinos. Todos reciben asimismo denominaciones diversas, destacando las de caballeros e infanzones 

Unos y otros poseen un estatuto jurídico especial que les destaca de los demás súbditos libres del reino, un tratamiento distinguido y privilegiado. En general, gozan de exenciones tributarias y de inmunidad . hacia sus personas y bienes; dependen directamente del rey, por quien sólo pueden ser juzgados. Su testimonio y juramento en las causas criminales tiene la más alta capacidad probatoria y la pena por el homicidio de cualquiera de ellos es siempre la más alta, generalmente de quinientos sueldos.

El origen de la nobleza aragonesa hay que buscarlo en los tenentes  de los siglos XI y XII, en los que descansó el sistema militar, administrativo y judicial de la parte del reino reconquistada a los musulmanes. Cuando el sistema de tenencias sea sustituido por otro, a fines del siglo XII, vemos ya constituidas las grandes familias nobiliarias que heredará Jaime I el Conquistador : 

los Galíndez ., Luna , Ximénez de Urrea , Cornel  Fortuñones.., Lizana , Azagra ., Eril ., Azlor ., Bardaxí , Calasanz ., etc.

La minoría de Jaime I alentó a la nobleza en sus exigencias territoriales y jurisdiccionales sobre las honores. La posición encontrada entre el monarca y la nobleza se agravó durante la mayoría de edad del Conquistador, sobre todo a partir de la finalización de la reconquista para Aragón. 
Pedro III será el primer monarca aragonés que no dispondrá de tierras nuevas que repartir. Y con él, por ésta y otras razones variadas, comienza la lucha abierta entre el rey y los nobles quienes, en 1282, se juramentan contra aquél, dando origen al Privilegio General  Nacen así las Uniones de nobles aragoneses, que Alfonso III  tuvo que soportar y sancionar con la aprobación del Privilegio de la Unión (1287). Si el reinado de Jaime II supone un paréntesis en la lucha rey-nobleza, bajo el gobierno de Pedro IV el Ceremonioso ésta cobra auténtica virulencia, sobre todo entre 1347-1348, lucha armada, incluso, que finaliza con el triunfo real en la batalla de Épila , lo que permite al monarca destruir, en las Cortes de 1348, los ejemplares del Privilegio de la Unión.

No obstante la derrota de la Unión, los nobles aragoneses vieron afianzarse su poder durante la segunda mitad del siglo XIV, merced a la expansión o modificación de determinadas instituciones políticas que les van a garantizar un estatuto privilegiado. El monarca solicita cada vez mayores auxilios económicos para llevar a cabo la política del reino. Las Cortes Buscar voz..., en las que la nobleza monopoliza dos brazos al menos, controlan sobre todo a través de la Diputación . la utilización de los recursos concedidos, generalmente a cambio de nuevos privilegios.

Si desde mediados del siglo XIII los nobles habían aprovechado cualquier coyuntura favorable para conseguir sus reivindicaciones de clase, la muerte de Martín I el Humano Buscar voz... en 1410, aglutinó a los nobles aragoneses en los bandos de los distintos pretendientes al trono, llegando a enfrentarse entre sí. Una vez más destacan los Alagón , Híjar  y Luna , por un lado, y los Fernández de Heredia ., Gurrea  y Urrea , por otro. El nombramiento en Caspe  (1412) de Fernando I de Antequera  como rey de Aragón, y la derrota de los nobles aragoneses partidarios del conde de Urgel , a quien seguía la nobleza de carácter más feudalizante, vino a restablecer momentáneamente la calma.

No obstante, el reinado de Alfonso V, prontamente desentendido de los asuntos del reino, está plagado de luchas nobiliarias, lo cual motiva una abundante legislación en Cortes para tratar de impedirlas.

La corona heredada por Juan II  en estas condiciones ha perdido el control en favor de los grupos privilegiados. La lista de auténticas batallas campales y urbanas es interminable: Cerdán contra Caballería, los Urrea frente a los Luna, etc. Hacia 1460, Aragón está agotado en la práctica y una gran parte de la culpa hay que achacársela a la nobleza. El reino entra en un bache del que tardará siglos en salir.
Una idea del poder de este grupo de privilegio nos la muestra el sondeo efectuado en las Cortes de 1364. De 34.200 casas censadas en el reino, el 42% pertenece a la nobleza, distribuidas en sus señoríos; el 23% al clero, y sólo un 35% pertenecía a tierras de realengo 
A comienzos del siglo XVII (1610-1611), la distribución de la propiedad de la tierra es entonces así: la nobleza posee todavía el 28,6%; la Iglesia, el 25,8%; las tierras de realengo suponen ahora el 45,6%.


• Historia. Moderna

Con respecto del largo período medieval, una nueva época comenzó para el estamento nobiliar aragonés en las Cortes de 1461. El soberano reinante, Juan II., accedía a la petición de limitar su autoridad —de acuerdo con los Brazos— en materia de suma importancia para el mantenimiento de la nobleza aragonesa como sector social minoritario: mediante fuero, declaró que ni él ni sus representantes podrían crear «d’aquí avant cavalleros algunos, ni Adalides, sino que sian Infanciones en possesión o quasi de su Infancionía, e descendientes de Infanciones havientes origen de Infanciones antes de la edición del present Fuero»; se exceptuaban los armados en batalla —por méritos de guerra— y también se hacía referencia al estado previo —infanzón— ya que tampoco podrían «fazer infanciones, ni dar libertad de Infanciones algunos», si bien no se consideraban incluidos los casos de las ciudades, cuyos ciudadanos, por el hecho de serlo, podían ser armados caballeros (por ejemplo, Zaragoza) ni los de quienes poseyeran armas y caballo propio, cláusulas estas últimas bastante difíciles de cumplir por requerirse para ello una saneada hacienda y con lo cual se mantenía abierta la comunicación entre la aristocracia de sangre y la del dinero.

Aun cuando se denunciaron infracciones del fuero —como en las Cortes de 1510, donde se invalidaron los caballeratos concedidos por soberanos extranjeros— y probablemente pasara inadvertido algún fraude, no parece que el número de hidalgos aragoneses dejara de constituir una minoría a lo largo de toda la Edad Moderna, del mismo modo que sucedería con la alta nobleza.

El intento de una tipología nobiliar se encuentra con grandes dificultades que ya son planteadas por los estudiosos de la época, dado que, propuesta una clasificación, la práctica se encarga de hacerla revisable porque numerosos casos se definen sólo por la jurisprudencia de la Corte del Justicia de Aragón  o de la Real Audiencia . No obstante la minuciosidad privilegiada que caracterizó al Antiguo Régimen , en Aragón se consiguió una clasificación merced a los criterios para elegir diputados del Reino.

En la Edad Moderna, especialmente en los siglos XVI y XVII, se sigue distinguiendo entre los descendientes de los ricoshombres de natura o nobles de naturaleza, antiguos señores y titulados (duques, marqueses, condes, vizcondes) y quienes recibían título de «noble» por privilegio real; en la concesión de alguno de estos últimos no se incluía la posibilidad de estar exento de la pena de muerte natural (pérdida de la vida, ya que todos los nobles estaban sujetos a la muerte civil, esto es, prisión perpetua); aun cuando se les consideraba con iguales privilegios, tenemos la realidad de su distinción en los cargos de la Diputación del Reino: los primeros eran insaculados Buscar voz... en bolsa primera de nobles y los no titulados en la segunda.

Se consideraban cuatro formas distintas de caballeros:

1.° De espuela dorada: quienes hubieran recibido la «orden» de caballería siendo hijosdalgo Buscar voz... por «naturaleza», descendientes de personas con tal calidad.

2.° De privilegio real: a) Por ser «ciudadanos honrados Buscar voz...» de Zaragoza. b) Por ser doctores en Derecho (según fueros de 1553 y 1564, fecha en que se incluyeron los vecinos de la Comunidad de Teruel Buscar voz... quedando excluidos —explícitamente desde 1553— los de las Comunidades de Calatayud Buscar voz..., Daroca Buscar voz... y Tierra de Albarracín Buscar voz...). Este privilegio era personal y no pasaba a los descendientes. c) Por méritos de guerra: los que por distinguirse en batalla se hacían acreedores a ello.

3.° Los mesnaderos Buscar voz... (hijos no primogénitos de ricoshombres o por elección real): Juan Fernández de Heredia Buscar voz..., gobernador Buscar voz... de Aragón (más propiamente regente de la General Gobernación de Aragón) desde 1608, aparece en diversas ocasiones como «caballero mesnadero».

4.° Los que habían sido infanzones Buscar voz... de carta o privilegio («francos Buscar voz...»).

También existían diferencias entre los hijosdalgo o infanzones (unas veces son equivalentes ambos términos pero en otras se advierte una connotación de estima superior en el segundo, probablemente por ser más antiguo) ya que se continuaba distinguiendo entre los de «sangre» (naturaleza) o notorios (descendientes de hidalgos o con ejecutorias.) —a los que se podrían agregar los de solar conocido— y los de «privilegio» reducidos a tres clases por los tratadistas: 
1) los de privilegio general (los ciudadanos honrados de Zaragoza);

2) de privilegio personal:

 a) por ley (los doctores en Derecho),
 b) por privilegio de príncipe: hijosdalgo de carta o francos; sólo gozaban de exención con respecto al rey pero no en cuanto al reino, debiendo contribuir como los hombres de condición; 

3) de privilegio local: las concedidas por los soberanos en determinados lugares, dando privilegio de hijosdalgo a sus naturales, como era el caso de Luna, Erla, Ejea de los Caballeros, Tauste, Sos, Uncastillo y Sádaba (las Cinco Villas tenían a sus representantes de Cortes en el Brazo de caballeros e hijosdalgo).

Parece que la «hidalguía» de los ciudadanos honrados de la ciudad de Zaragoza queda clara en la época, pero también se manifiestan grados, ya que para ser elegidos como diputados del Reino era preciso que estuvieran insaculados en una de las tres primeras bolsas de jurado —se excluía a los de cuarta y quinta—, lo cual hace dudar en el momento de una definición precisa de nobleza.

 La «situación» prenobiliar de las autoridades de comunidades y municipios de los demás territorios realengos aragoneses la presentamos con una fórmula simplificadora de una compleja realidad, ya que en algunos municipios, en los que se admitía a hijosdalgo, se hacía que éstos renunciaran a sus privilegios de exención de cargas vecinales; sin embargo, no por ello perdían su condición, lo cual permitiría a los restantes munícipes —siempre de altos cargos— el hallarse en condiciones de adquirir, si no la calidad, sí la estima social equivalente que conduciría, con el tiempo y el dinero, a la hidalguía.

El barón no se consideraba «noble»: «Pero que el Barón sea noble, jamás se a practicado, ni entendido (abstrayendo los que en lo antiguo lo fueron, con ser Ricoshombres». En pleno siglo XVII se mantiene esta doctrina, que hasta muy tarde no parece que sufriera alteración; sin embargo lleva implícito un principio de nobleza que probablemente preparase para acceder a ella.

El caso de los «señores» de vasallos se ha considerado también como situación prenobiliar, porque sus privilegios al adquirir los vasallos no tenían la plenitud de los correspondientes a los infanzones, aunque poseían el derecho de intervenir en el Brazo de caballeros e hijosdalgo con voz y voto; otros tratadistas, incluso los equipararon a nobles excepto en la pena capital (Bardaxí). La peculiaridad de estos señores —compartida con todos los nobles lato sensu, que poseyeran vasallos— era el absoluto poder o potestad absoluta que no se trataba de especie de jurisdicción sino de dominio, de modo que un señor podía no tener jurisdicción en sus tierras y sí poseer la absoluta potestad en sus vasallos (el caso de Maleján, cuya jurisdicción era de la ciudad de Borja y el «señor» tenía la «absoluta»). Es obvio que a la categoría de «señor» de vasallos podía acceder cualquier persona en situación «pronobiliaria» (esto es «a favor de» adquirir la nobleza y comprar un señorío), incluso en caso de ser hombre de condición.

No es extraño en este complicado mundo nobiliar hallar hidalgos dedicados a determinadas actividades mercantiles o de otro tipo con lo cual veían disminuida su condición. Puede servir de ejemplo el de los plateros de Zaragoza en 1678, quienes solicitaban —en el caso de ser hidalgos— que les fuera permitido tener acceso al Brazo de caballeros e hijosdalgo; las Cortes consideraron que cuando los plateros zaragozanos tuvieran «calidad» de caballeros hijosdalgo podrían gozar de todas las prerrogativas de quienes asistían a las Cortes, pero sin poder concurrir a ellas; el caso contrario fue protagonizado por los «profesores» de pintura, quienes recibieron el reconocimiento de profesión liberal y el privilegio solicitado.

En realidad, y hasta la Nueva Planta , no parece que hubiera excesivas posibilidades de llegar en Aragón al estado noble, y por ello aunque todavía no pueden aventurarse informaciones de carácter cuantitativo, sí es notorio a los investigadores el número reducido del mismo.

A lo largo de toda la Modernidad, hubo una dinámica del estamento nobiliario aragonés cuyas principales incidencias intentaremos recoger en breve síntesis.

En el siglo XV parecen acentuarse los arrendamientos de tierras señoriales, de modo que los señores, al contar con unos ingresos previos a la recogida de cosechas y otros derechos, habrían podido distraer la atención que debían a sus propiedades y dirigirla hacia la capital del reino, donde comenzaban a tener entidad propia —lejos de las residencias habituales de los soberanos— las instituciones político-administrativas.

No debió transcurrir demasiado tiempo para que el producto de algunas rentas señoriales o feudales constituyera una fuente regular de ingresos, lo cual podría estar en relación con la construcción de distintos palacios en Zaragoza, desde comienzos del siglo XVI, consiguiendo la domiciliación y posterior «avecinamiento»; todo ello sin perder su residencia en las propiedades rurales ni algún cargo cortesano (Juan de Coloma puede servir de ejemplo).

Es probable que entrada la centuria, acusara el estamento el declive de la coyuntura y por ello dirigiera su atención hacia el poderoso municipio zaragozano, pero no tenemos noticias de su intento de acceder al gobierno hasta entrado el siglo XVII y concretamente después de la expulsión de los moriscos, hecho que puede guardar relación con el deseo de entrar en el Concejo con la intención de compensar pérdidas; los resultados de la expulsión para los propietarios se pusieron de relieve en las Cortes de 1626 y fue precisamente en ellas donde el Brazo de nobles decidió que se pidiera al Rey «que la bolsa primera de jurados de Çaragoça se dé a los nobles de este Reino y la segunda para los nobles y caballeros y la tercera y la quarta que quede reservada para los ciudadanos y la quinta para los labradores y officiales».

La «súplica» sería apoyada en esencia por el Brazo eclesiástico, pero hizo reaccionar violentamente a la oligarquía zaragozana, que con sus argumentos (le decían al soberano que «perdería la ciudad», lo cual era posible por los privilegios de la nobleza) conseguiría convencer a la Corona a pesar de que los nobles intentaron por todos los medios, incluido el adelantarse a aceptar el desmesurado servicio real, alcanzar el beneficio.

No cesaría la tendencia, de modo que en las Cortes de 1677 y 1678 los caballeros e hijosdalgo conseguirían, por medio de un acto de corte, ser habilitados para tener los oficios de las comunidades y «universidades» cuyos concejos no fueran ya mixtos, con la declaración de «sin perjuizio de sus Infançonías; con tal que contribuyan como los demás; y que no se puedan hazer Ordinaciones para no admitirlos, ni en perjuizio de las exempciones de su ingenuidad impedirles el libre uso de ella directa ni indirectamente»; se excluía el caso de Zaragoza y también se ponía una condición:

 «Que siempre que su Magestad con carta firmada de su Real mano admitiere esta súplica, queda esta gracia concedida por Acto de Corte».

El enfrentamiento de los «ciudadanos» con la monarquía filipista y la definitiva derrota del archiduque Carlos., llevaron a la nobleza, tras la supresión del régimen municipal y foral anterior (fenómeno en el que debió de tener un papel importante la alta nobleza), al gobierno del «ayuntamiento» del tan anhelado municipio zaragozano. Al perder la capital del reino de Aragón su categoría política, por la desaparición de sus instituciones nacionales (Diputación, Justiciazgo), el interés de la nobleza se dirigió definitivamente a la Corte, donde en ocasiones todavía tendría algún papel destacado.



La oligarquía de las ciudades

El franciscano gerundense Francesc Eiximenis, que escribía en pleno siglo XIV, dividía a los hombres de las ciudades en tres manos o sectores:
 la "má major", la "má mitjana" y la "má menor".

 La má major era el patriciado, es decir, la aristocracia del dinero, cuyos orígenes cabe situar en los negocios comerciales y financieros del siglo XII y comienzos del XIII. Se trata de unos hombres que muy pronto vincularon su suerte a la de la monarquía: ayudaron a las maltrechas finanzas de Pedro el Católico, colaboraron con los jerarcas de la nobleza y la Iglesia a garantizar el gobierno y la estabilidad política durante la minoridad de Jaime I y contribuyeron con sus recursos a las conquistas mallorquinas y valencianas de Jaime I. A cambio de esta colaboración con el poder real obtuvieron privilegios mercantiles y libertades políticas, que se concretaron en el gobierno de las ciudades, una jurisdicción propia en el ámbito comercial (los consulados de mar) y la formación o dirección del brazo real en las Cortes. 
Con el gobierno de Pedro el Grande, y superada en Barcelona una revuelta popular (revuelta de Berenguer Oller), la preeminencia política de las familias del patriciado se consolidó en las Cortes de 1283. Desde entonces, pero especialmente durante el siglo XIV, estas familias de antiguo origen, enriquecidas con el comercio y las finanzas, junto con otras, de fortuna más reciente, procedentes del mundo de los negocios y de las filas de la administración real, constituyeron un grupo cerrado (los ciutadans honrats), especie de nobleza urbana dedicada al gobierno de la ciudad (a pesar de ser un grupo minoritario ocupaban por privilegio la mayor parte de las magistraturas) y a la inversión en el sector rentístico. 
Poseedoras de fortuna monetaria, estas familias compraban inmuebles, tierras, señoríos y títulos de deuda pública de los municipios, además de invertir, generalmente a través de terceros, en el comercio y el transporte naval. En la conselleria, es decir, el órgano ejecutivo del gobierno de la ciudad de Barcelona, en 1274, había 2 ciudadanos, 1 mercader, 1 artista y 1 artesano, y en el Consejo de Ciento, órgano consultivo, había, en 1338, 63 ciudadanos, 9 juristas, 8 mercaderes, 5 notarios, 2 boticarios y 12 artesanos. 

Era la má mitjana 

Por debajo de los ciudadanos honrados o ricos hombres se encontraba el grueso de las familias de los negocios, los mercaderes, banqueros, hombres de profesiones liberales (notarios, juristas) y artesanos de oficios particularmente importantes (oficios artísticos). Era la má mitjana de la clasificación de Eiximenis, que tenía en los mercaderes al sector más dinámico y representativo. Los más importantes invertían en la industria naviera, se especializaban en el tráfico marítimo y participaban activamente en el comercio internacional por las rutas del Mediterráneo, Europa y los países nórdicos.
 Al decir de Eiximenis, hijo de mercaderes, sus capitales y negocios eran "vida de la tierra, tesoro de la cosa pública y manjar de los pobres", porque sólo ellos eran grandes limosneros, y no deja de ser cierto que, con sus actividades, los mercaderes impulsaban la producción de los sectores primario y secundario (suministraban materia prima, daban salida a excedentes), contribuían al gran desarrollo de la banca, colaboraban con limosnas en la construcción de los grandes edificios religiosos de la ciudades (catedrales góticas y conventos) y embellecían las ciudades con obras del gótico civil (residencias particulares y edificios públicos). 
Al servicio de estos mercaderes importadores y exportadores, o en conexión con ellos, trabajaban pequeños mercaderes que se dedicaban al tráfico interior, en ferias y mercados, notarios, banqueros, patrones de naves, cónsules, etc. Buen observador, Eiximenis desaconseja que los mercaderes se dediquen a la política y a la inversión en deuda pública, actividades a las que se inclinaban en el siglo XIV, y recomienda que se concentren en los negocios, para lo cual pide a los gobernantes que les concedan desgravaciones fiscales y protección. Las lonjas góticas de las principales capitales de la Corona de Aragón, donde los mercaderes se reunían para discutir sobre la marcha de los negocios, y, en cierto sentido, dirigir la política económica de la Corona, constituyen un testimonio de la pujanza de esta clase social.

La "má menor"

La "má menor" o pueblo menudo, de que hablaba anteriormente Eiximenis, constituía la inmensa mayoría de la población urbana. En los estratos superiores de este conjunto social se encontraba la gente de los oficios, es decir, los maestros artesanos y sus oficiales; en los estratos intermedios, los obreros no especializados (los braceros, por ejemplo), y, en los estratos inferiores, los grupos marginales: esclavos, mendigos, vagabundos y pobres en general. 

 La gente de los oficios, sobre todo los maestros artesanos, dueños de sus talleres, eran conocidos por su especialidad. Se trataba de pequeños productores que vendían directamente los productos de su industria al consumidor, en el marco de la tienda-taller que poseían. La economía de las ciudades reposaba sobre el trabajo de este sector social, además de los negocios de los mercaderes.
 Los talleres eran auténticas empresas familiares: se encontraban en la planta baja de las viviendas de los propios artesanos y en ellos trabajaba toda su familia, además de algún oficial y aprendiz. Por propio interés y por voluntad de la oligarquía urbana dirigente, los artesanos se organizaron pronto en corporaciones (gremios y cofradías), que eran a la vez una forma de solidaridad lateral entre maestros del oficio y una especie de policía de las autoridades para el control del mundo del trabajo.
 El gremio, que agrupaba a maestros y artesanos, bajo la dirección de los primeros, servía para la ayuda mutua de sus afiliados, el desarrollo de una ética del oficio, la reglamentación de la producción, el proteccionismo, el rechazo de la competencia y la contención de los conflictos laborales.

 Desde el punto de vista de los gobiernos municipales, controlados por la oligarquía mercantil, que aprobaban las ordenanzas gremiales y supervisaban su cumplimiento, los gremios tenían que servir para fijar a cada artesano en su oficio y evitar que los hombres de la producción desbordaran el marco de su actividad y entraran en competencia con el mundo de los negocios. De hecho, las ciudades bajomedievales registraron dos tipos de conflictos: de la gente de los oficios en general contra la oligarquía gobernante y de los oficiales contra los maestros. En este último caso se trataba de conflictos sobre las condiciones de trabajo (horarios, salarios, producción). Más complejas eran las diferencias entre artesanos y oligarquía. En este caso había reivindicaciones políticas (exigencias de democratización de los gobiernos municipales), descontento por la distribución desigual de las cargas tributarias, quejas sobre el aprovisionamiento de las ciudades y voluntad de los artesanos de controlar en su provecho el mercado local contra la competencia de los productos foráneos introducidos por los mercaderes. 

Las razones de esta conflictividad son evidentes: baste recordar que el poder ejecutivo en la ciudad de Valencia estaba en manos de seis jurados que eran miembros de la oligarquía (2 caballeros y 4 ciudadanos) y que en el Consejo General de Valencia, asamblea consultiva del gobierno municipal, había 48 ciudadanos, 46 artesanos y 6 caballeros, es decir, que la gente de los oficios estaba en minoría, a pesar de ser el grupo social mayoritario de la ciudad. Y lo mismo sucedía en Mallorca, donde también había seis jurados, mayoritariamente miembros de la oligarquía (1 caballero, 2 ciudadanos, 2 mercaderes y 1 artesano), y un Gran y General Consejo, órgano representativo de la ciudad y la isla, formado por 25 caballeros, 25 ciudadanos, 25 mercaderes, 25 artesanos y 38 campesinos. 

La desproporción entre el número de artesanos y su representación política era grande pero un intelectual, como el franciscano Eiximenis, encontraba razones para justificarlo: sus obras artesanales son necesarias para el mantenimiento de su vida y de la cosa pública, no conviene, por tanto, que abandonen el trabajo; es mejor que deleguen la dirección de la comunidad en una minoría (los ciudadanos), que disponga de riqueza suficiente para liberarse del trabajo y ocuparse del gobierno, así, de paso, "si la comunidad se equivoca por mal consejo, es mejor que la culpa la tengan unos pocos y que toda la comunidad no sea por ello difamada".
No parece que los artesanos acataran tales consejos, sino que presionaron y gracias a ello, en Barcelona, en 1453, consiguieron entrar en la conselleria (3 ciudadanos-mercaderes, 1 artista y 1 artesano) y aumentar su representación en el Consejo de Ciento: 32 ciudadanos, 32 mercaderes, 32 artistas y 32 artesanos.

Soledad  Garcia  Nannig; Maria Veronica Rossi Valenzuela; Francia Vera Valdes


Historia Contemporánea: 

La aportación de aragoneses a la nobleza contemporánea española constituye una nómina no muy numerosa, reflejo quizás del secundario papel aragonés desarrollado durante estos dos siglos en el ámbito estatal. 
Podemos distinguir, fundamentalmente, dos épocas en la concesión de títulos nobiliarios: el reinado isabelino  (1833-1868) y la época de la Restauración (1874-1931). Durante el primer período destaca, entre otros, la concesión en 1838 de la baronía de la Joyosa, así como la concesión en 1848 del despacho de duque de Zaragoza, por el que se concedía la grandeza de España . a los herederos del capitán general de Aragón José Rebolledo de Palafox y Melzi 
De transición, siguiendo este esquema, podemos considerar, los nombramientos durante el reinado de Amadeo I  del conde de la Viñaza (1872) a M. Muñoz y del marquesado de Arlanza (1874) a Francisco J. Higuera, capitán de infantería, diputado y senador.

Durante la Restauración, la lista se amplía notablemente. Alfonso XII concede al diplomático Fernando Jordán de Urriés, hijo de los marqueses de Ayerbe ., el marquesado de Novallas. La regente María Cristina  concede en 1890 el marquesado de La Cadena a María del Carmen Pratosí, esposa del abogado y político conservador Ramón de Lacadena y Lalaguna. En 1892, a otro hijo de los marqueses de Ayerbe, José Jordán de Urriés , el marquesado de Velilla de Ebro, y el vizcondado de Espés al hijo de los barones de Mora, el abogado Jesús Luis Franco de Espés. 
En 1898, concede el condado de Gabarda al coronel de caballería José Cavero y Cavero, nieto de los condes de Sobradiel. Ya en el siglo XX, Alfonso XIII nombró vizconde de Escoriaza al importante empresario ferroviario Nicolás Escoriaza ; en 1925 concedía al hijo del coronel del Tercio, Joaquín Valenzuela, el título de marqués de Valenzuela de Tahuarda, en memoria del padre de éste, muerto en Marruecos en acción bélica al frente de los Regulares. 

Los enlaces matrimoniales supusieron en ocasiones el ennoblecimiento de consortes con fortuna. Tal es el caso del empresario y político zaragozano Tomás Castellano y Echenique, casado con la marquesa de Jaral. Otros títulos nobiliarios concedidos en este período, que podamos citar, son, por ejemplo, los de carácter pontificio. Así, en 1895, Joaquín Peirona es nombrado marqués de Urrea; o en 1902, el terrateniente ejeano Gaspar Castellano es nombrado conde de Castellano.

El centro social de la nobleza aragonesa lo constituye la sede de la Real Maestranza de Caballería de Zaragoza , en la que están integrados los miembros de ésta. Zaragoza acoge durante el primer tercio de nuestro siglo un núcleo de alrededor de una treintena de casas nobiliarias. Una descripción de las residencias urbanas zaragozanas de este colectivo nobiliario nos la ofrece José Blasco Ijazo Buscar voz... en ¡Aquí... Zaragoza! (tomo V, Palacios y Casas solariegas, pp. 7-96, Zaragoza, 1954).

Sin embargo, la mayor parte de los títulos nobiliarios solariegos aragoneses de más añejo abolengo (Villahermosa, Luna, Híjar, Sástago, Argillo y Morata, Ayerbe, etc.) o, incluso, parte de los recientes (Zaragoza, La Viñaza, La Joyosa, etc.) residen fuera de la región, en la capital del reino, Madrid; si bien durante los años de la II República, algunos de ellos escogen el dorado exilio francés (por ejemplo, en Biarritz, el duque de Luna...).

En la nobleza aragonesa prima, ante todo, su carácter terrateniente. Apenas encontramos vinculaciones de sus miembros con la burguesía financiera autóctona que, al influjo azucarero, se consolidó en Aragón durante las primeras décadas de nuestro siglo. Salvo escasas excepciones (Escoriaza y el marqués de Arlanza, ejemplos de nueva nobleza) este hecho está generalizado. 
A la altura de 1930, los mayores propietarios terratenientes aragoneses, en una región de propiedad rústica dividida y con escasos latifundistas, son en gran parte miembros de la nobleza, item más, de la grandeza, propietarios como es lógico absentistas. La provincia de Zaragoza —según el Instituto de Reforma Agraria, con datos de 1934— con sus 51.234 hectáreas propiedad de la grandeza (el 9,3 % del total estatal de sus propiedades) era la segunda provincia española en este orden. Los dos primeros terratenientes aragoneses en los años treinta eran el duque de Luna y el conde de La Viñaza, miembros de la grandeza (G. de E.) y con sendas propiedades en, al menos, media docena de municipios. Junto a ellos, en los doce primeros puestos aparecen el marqués de Montemuzo, el duque de Solferino (G. de E.), la baronesa de La Joyosa, el conde de Sástago (G. de E.), Luis Pérez-Cistué y Francisco de Silva y Goyeneche (caballeros estos dos últimos, respectivamente, de la Orden Militar de Malta y de la de Santiago).

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