La nobleza Carlista.-a

Títulos  de nobleza carlista

Condado de Arbelaiz
Baronía de Campo de Águilas
Baronía de Cobos de Belchite
Condado de Aldaz
Condado de Carrasquedo
Condado de Galiana
Condado de Gaviria
Condado de la Rad de Varea
Condado de Melgar del Rey
Condado de Morella
Condado de Ospín de Urquijo
Condado de San Miguel (título nobiliario)
Condado de San Rodrigo
Condado de Santa Cruz de Nogueras
Condado de Villarreal
Ducado de Elío
Ducado de la Confianza
Ducado del Maestrazgo
Marquesado de Claramunt
Marquesado de Córdoba
Marquesado de la Caridad
Marquesado de Lácar
Marquesado de Marichalar
Marquesado de Valle del Turia
Marquesado del Ter
Condado de Oria
Ducado de la Victoria de las Amezcoas
Vizcondado de Barrionuevo
Vizcondado de Montserrat
Vizcondado de Orbe
Vizcondado de Torre Hidalgo
Condado de Zumalacárregui
Soledad  Garcia  Nannig; Maria Veronica Rossi Valenzuela; Francia Vera Valdes



Introducción 

Rey CARLOS-VII

Los “reyes carlistas" otorgado títulos nobiliarios a sus partidarios, formando la llamada nobleza carlista. A modo de ejemplos, podemos indicar el “marquesado de Bellamar”, otorgado en 1888 por Carlos VII a D. Manuel Bea y Maruri. El “ducado de Elío“, con Grandeza de España, concedido por Carlos VII en 1875 a D. Joaquin de Elío y Ezpeleta o el “marquesado de La Lealtad” otorgado a D. Bernardo Leyzaur Ollóndriz en 1840 por Carlos V.  Los “reyes carlistas" concedieron un total de 140 títulos nobiliarios.
La Ley de 4 de mayo de 1948 permitió la posibilidad de reconocimiento de los títulos nobiliarios carlistas, en total fueron reconocidos 31 títulos.






LENCO DE GRANDEZAS Y TÍTULOS NOBILIARIOS CARLISTAS

Conde de Aldaz
FECHA CONCESIÓN: 09.05.1874.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. José María Juanmartiñena y Juanmartiñena, Ingeniero y Fundador de los Monasterios de Aldaz y Lecumberri. Título Carlista. Reconocido como Título del Reino en 3 de diciembre de 1954.
TITULAR: Pendiente de resolución.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 03.12.1954.

Conde de Arbelaiz
FECHA CONCESIÓN: 02.10.1874.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. Tirso de Olazábal y Lardizábal, Senador y Diputado a Cortes. Título Carlista. Reconocido como Título del Reino en 16 de abril de 1964. Rehabilitado en 1990 a D. José Joaquín de Olazábal y Alburquerque.
TITULAR: D. José Joaquín Olazábal y Alburquerque.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 15.03.1991.

Vizconde de Barrionuevo
FECHA CONCESIÓN: 19.03.1891.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. José Barrionuevo Soto, por los méritos adquiridos como Administrador de la Real Intendencia. Título carlista. Reconocido como título del Reino en 24 de noviembre de 1982.
TITULAR: D.ª Matilde Francisca Barrionuevo y Peña.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 11.11.1992.

Barón de Campo de Águilas
FECHA CONCESIÓN: 1837.
MONARCA: S.M.C. Carlos V.
CONCESIONARIO: D. Tomás Muñoz de San Pedro, Título Carlista.
TITULAR: D.ª Beatriz Muñoz de San Pedro y Flores de Lizaur, Marquesa de Cerverana.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 02.03.1951.

Marqués de la Caridad
FECHA CONCESIÓN: 16.07.1874.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: Dª Josefa Vasco y Gómez, Vicepresidenta de la Cruz Roja Carlista de La Caridad, y en atención a los servicios de su esposo, D. Carlos Manuel Calderón. Reconocido como Título del Reino en 24 de noviembre de 1982.
TITULAR: D. Gonzalo María de Ulloa y Suelves.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 07.01.1983.

Conde de Carrasquedo
FECHA CONCESIÓN: 1876.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. Franciso Cavero y Álvarez de Toledo, Teniente General de los Ejércitos Carlistas. Reconocido como título del Reino, en 1953.
TITULAR: D. Francisco de Borja Cavero y Echevarría.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 18.03.1960.

Conde de Casa Eguía
FECHA CONCESIÓN: 07.10.1832.
CONCESIONARIO: D. Nazario de Eguía y Sáez de Buruaga, Teniente General de los Reales Ejércitos, Capitán General de Galicia. General del Ejército Carlista, cuyo título por el Convenio de Vergara fue revalidado en 1849. Rehabilitado en 1987 por D. José Miguel Gómez-Acebo.
TITULAR: Pendiente de resolución.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: Pendiente de resolución 07.03.1997.

Marqués de Comín
FECHA CONCESIÓN: 04.06.1869.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. Bienvenido Comín y Sane. Título Carlista. Rehabilitado y reconocido como Título del Reino en 16 de noviembre de 1961.
TITULAR: D. Jesús Comín y Junquera.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 07.02.1996.

Duque de Elío, Grande de España
FECHA CONCESIÓN: 30.03.1875.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
GRANDEZA: Grande de España.
FECHA GRANDEZA: 30.03.1875.
CONCESIONARIO: D. Joaquín Elío y Ezpeleta, Capitán General del Ejército Carlista. Reconocido como Título del Reino en 10 de febrero de 1950.
TITULAR: D. Francisco Javier Elío y de Gaztelu.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 04.12.2003

Conde de Galiana
FECHA CONCESIÓN: 18.08.1879.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII
CONCESIONARIO: D. Joaquín Maldonado y Rosales, Maestrante de Ronda, Caballero de la Orden de Calatrava. Título Carlista, reconocido como Título del Reino en 18 de enero de 1952.
TITULAR: D. José Maldonado y Ramos.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 08.02.1993.

Conde de Gaviria
FECHA CONCESIÓN: 08.07.1837.
MONARCA: S.M.C. Carlos V.
CONCESIONARIO: D. Pedro Gaztañara y Ayesta. Título Carlista. Reconocido como Título del Reino en 4 de julio de 1958 a D. Francisco de Cadenas y Vicent.
TITULAR: D. Francisco Cadenas y Allende.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 22.01.1973

Marqués de Monsarra
FECHA CONCESIÓN: 25.12.1898.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. José de España y Ortéu. Título Carlista, concedido por Carlos VII a D. José de España y Ortéu en 25 de diciembre de 1898. Reconocido como título del Reino en 26 de junio de 1953.
TITULAR: D.ª Susana de España Guerin.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: BOE. 06.02.2007.

Vizconde de Montserrat
FECHA CONCESIÓN: 27.02.1876.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. José Suelves y Montagut. Título carlista. Reconocido como título del Reino en 29 de enero de 1954.
TITULAR: D. Juan Suelves Osorio.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: BOE. 19.07.2005.

Vizconde de Orbe
FECHA CONCESIÓN: 27.02.1876.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. José María Orbe y Gaytán de Ayala, Oficial de Órdenes del Rey Carlos VII. Reconocido como Título del Reino, en 22 de enero de 1993. Título carlista.
TITULAR: D. Carlos de Orbe y Enríquez de Navarra.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: BOE. 05.10.2006

Conde de San León
FECHA CONCESIÓN: 04.11.1876.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. León Martínez-Fortún, General y Mariscal de los Ejércitos Carlistas. Titulo Carlista. Reconocido como título del Reino en 2 de febrero de 1961.
TITULAR: D.ª Clara Martínez-Fortún López.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: BOE. 17.03.2005.

Conde de San Rodrigo
FECHA CONCESIÓN: 1843.
MONARCA: S.M.C. Carlos V.
CONCESIONARIO: D. Carlos Brioso y Blanco. Titulo carlista.
TITULAR: D.ª M.ª del Carmen Fernández-Cuesta y Casanueva.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 05.05.1979.

Conde de Santa Cruz de Nogueras
FECHA CONCESIÓN: 1874.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. Francisco Cavero y Álvarez de Toledo, Teniente General de los Ejércitos Carlistas. Título Carlista. Reconocido como título del Reino en 22 de mayo de 1953.
TITULAR: D. José Antonio Cavero Echevarría.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 18.03.1960.

Vizconde de Torre Hidalgo
FECHA CONCESIÓN: 1836.
MONARCA: S.M.C. Carlos V.
CONCESIONARIO: D. Tomás Muñoz de San Pedro Montenegro. Título carlista, reconocido como Título del Reino, en 21 de julio de 1951.
TITULAR: D.ª Blanca Muñoz de San Pedro y Flores de Lizaur.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 02.03.1951

Marqués de Valle del Turia
FECHA CONCESIÓN: 27.02.1876.
MONARCA: S.M.C. Carlos VII.
CONCESIONARIO: D. Fernando Belda y de Eguía, como Título del Reino. Título Carlista. Primitiva concesión por Carlos VII a D. José Belda y Balart con la denominación de Marqués del Turia en 27 de febrero de 1876. Reconocido como Título del Reino en 4 de mayo de 1960.
TITULAR: D. José María Belda González-Madroño.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 24.10.1974.

Duque de Victoria de las Amezcoas, Grande de España
FECHA CONCESIÓN: 24.05.1836.
MONARCA: S.M.C. Carlos V.
GRANDEZA: Grande de España.
FECHA GRANDEZA: 24.05.1836.
CONCESIONARIO: D. Tomás de Zumalacárregui, Capitán General del Ejército Carlista. Reconocido como Título del Reino con la denominación actual en 20 de julio de 1954.
TITULAR: D. Francisco Javier Oraa y Moyúa.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 12.07.1984.

Conde de Villarreal, Grande de España
FECHA CONCESIÓN: 30.12.1838.
MONARCA: S.M.C. Carlos V.
GRANDEZA: Grande de España.
FECHA GRANDEZA: 17.02.1876.
CONCESIONARIO: D. Bruno Martínez de Villarreal, Teniente General del Ejército Carlista. Reconocido como Título del Reino en 4 de mayo de 1960 y la G. de E. en 22 de junio de 1967.
TITULAR: D. José Antonio Martínez de Villarreal y Fernández-Hermosa.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 07.10.1960.

Conde de Zumalacárregui, Grande de España
FECHA CONCESIÓN: 24.05.1836.
MONARCA: S.M.C. Carlos V.
GRANDEZA: Grande de España.
FECHA GRANDEZA: 20.07.1954.
CONCESIONARIO: D. Tomás Zumalacárregui e Imaz, Coronel del Ejército Carlista. Reconocido como Título del Reino en 20 de julio de 1954.
TITULAR: D. Tomás de Zumalacárregui y Martín de Córdoba.
FECHA ÚLT. SUCESIÓN: 04.07.1958.




Ley de 4 de mayo de 1948.


Artículo 1. º

Se restablecen, en cuanto no se opongan a la presente Ley y Decretos que la complementen, las disposiciones vigentes hasta el 14 de abril de 1931 sobre concesión, rehabilitación y transmisión de Grandezas y Títulos del Reino, ejercitándose por el Jefe del Estado la gracia y prerrogativas a que aquéllas se refieren.

Artículo 2.º

Se reconoce, según los mismos llamamientos establecidos en la legalidad a que se refiere el artículo anterior, el derecho de ostentar y usar las Grandezas y Títulos del Reino concedidos por los Monarcas de la rama tradicionalista, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en aquellas disposiciones y siempre que se conserven las Reales Cédulas de concesión o testimonio fehaciente de ellas.

Artículo 3.°

Los títulos otorgados por Reyes españoles en territorios que pertenecieron a la Corona de España podrán asimismo rehabi­litarse mediante la revisión y tramitación correspondiente.

Artículo 4.°

Sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal para los casos en que constituya delito, podrá ser sancionado reglamentaria­mente el uso indebido de Grandezas y Títulos.

Artículo 5.°

El Jefe del Estado podrá acordar la privación temporalo vitalicia de aquellas dignidades nobiliarias cuyos legítimos poseedores se hayan hecho personalmente indignos de ostentarlas. En este caso, la Grandeza o Título quedará vinculado en la familia con arreglo al orden de suceder establecido en las Leyes.

Artículo 6.°

El pago de derechos de carácter fiscal para las concesiones, transmisiones y rehabilitaciones de dignidades podrá ser prorrogado, fraccionado o condonado total o parcialmente cuando concurran circunstancias especiales que hagan justa la concesión del tal beneficio.

Artículo adicional.

El Ministro de Justicia concederá un plazo prudencial a los súbditos de las naciones hispanoamericanas y de Filipinas para que soliciten la reivindicación en su favor de los Títulos nobiliarios a que estimen temer derecho. Las solicitudes oportunas, dirigidas al Jefe del Estado español, podrán ser presentadas en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de nuestro país y serán sometidas al Ministro de Justicia para su aprobación definitiva.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

Primera. Los Títulos concedidos con anterioridad al 14 de abril de 1931, en virtud de la legislación entonces vigente, y para cuyo uso legítimo sólo faltase algún requisito complementario a la disposición oficial que los otorgó, serán autorizados previa solicitud al Jefe del Estado, por el que se expedirá la oportuna carta, cumplidos que sean los trámites correspondientes.
Segunda. Las Grandezas y Títulos vacantes por fallecimiento de su legítimo poseedor con posterioridad al 14 de abril de 1931 podrán tramitarse, a petición de parte y mediante la oportuna justificación documental, tramitándose sus expedientes por el Ministerio de Justicia en la forma que reglamentariamente será establecida. Podrá aportarse como prueba documental los expedientes de sucesión instruidos por la Diputación de la Grandeza en el período que media entre el 14 de abril de 1931 y el 2 de octubre de 1947.

DISPOSICIÓN FINAL.

Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo prevenido en la presente Ley y de modo expreso el Decreto de 1.° de junio de 1931 y Ley que lo ratificó de 30 de diciembre del mismo año; y se autoriza a los Ministerios de Justicia y Hacienda para dictar las Ordenes necesarias al desenvolvimiento de los Decretos que desarrollen lo dispuesto en la presente Ley.

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